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Llamado a presentación de propuestas ciudadanas para la Migración / Implementación del Software Libre y Estándares Abiertos.

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Llamado a presentación de propuestas ciudadanas


para la Migración / Implementación del Software Libre y Estándares Abiertos.


I) Expositores.

Invitación a Expositores:

La Ley 164, promulgada el 8 de agosto del 2011 y el decreto 1793 aprobado el 13 de noviembre de 2013, en sus partes más sobresalientes indican que “Los Órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral en todos sus niveles, promoverán y priorizarán la utilización del software libre y estándares abiertos, en el marco de la soberanía y seguridad nacional”, iniciando el proceso de adopción completa del Estado Plurinacional a Software Libre.

El proceso de migración de tecnologías propietarias hacia el software libre debe ser acompañado con propuestas elaboradas desde la sociedad civil en el marco de la participación ciudadana.  Para este cometido se organizará un  Foro de Debate permanente denominado “Propuestas ciudadanas para la Migración / Implementación del Software Libre y Estándares Abiertos” .
Para el efecto, se realiza una invitación pública  a profesionales, docentes, estudiantes universitarios, entusiastas, y a todas aquellas personas que deseen presentar su propuesta para la Migración / Implementación del Software Libre y Estándares Abiertos en el Estado Plurinacional de Bolivia.

Objetivo:

Promover el debate permanente sobre el proceso de Migración / Implementación del Software Libre y Estándares Abiertos en el Estado Plurinacional de Bolivia y sus implicaciones tanto para los empleados públicos como para la sociedad que recibe un servicio de ellos.

Área de participación:

El área de participación, está abiertas y enmarcada en el contexto de Software Libre, en el caso presente:


  • Propuestas de Implementación de Software Libre en entidades sin experiencia previa.
  • Propuestas de Migración de Software propietario a Libre en entidades públicas con uso extensivo de Tecnologías propietarias
  • Propuestas de actualización o cambio de soluciones de Software libre de las versiones usadas a los nuevos estándares acordados
  • Implementación de medidas relacionadas al Control de Calidad respecto a la implementación, migración y desarrollo de nuevas herramientas de software.
  • Licencias permitidas dentro del contexto de Software Libre.

Detalles para presentación del trabajo:

Los trabajos presentados contemplarán las siguientes consideraciones:

  • Formatos admitidos: OpenDocument, PDF
  • Enviar el documento comprimido con el siguiente formato de presentación: 1.er-nombre_1.er-apellido.tar.gz al siguiente correo mrduranch(arroba)yahoo.es con asunto "Deseo participar como expositor". A la recepción del correo, se respondera con un correo que señale la recepción del material.
  • Extensión mínima  de 3 paginas, hojas tamaño carta, Arial 12, interlineado 1,5 espacio.  

Aspectos a calificar:

  • Presentación y claridad del trabajo
  • Desarrollo y alcances del trabajo
  • Aplicación al contexto del país, si se usa ejemplos de otros países estos deben adaptarse al contexto nacional.

Proceso de selección:



Trabajos Seleccionados:

  • De entre todos los trabajos presentados, se seleccionarán a los trabajos que cumplan los puntos solicitados.
  • Los trabajos seleccionados deberán ser presentados oralmente en la fecha, horario y con el tiempo asignado por los organizadores.
  • Todos los trabajos seleccionados formarán parte de las memorias del evento y seran publicados junto con los videos.
  • Se entregara una memoria del evento a las instituciones publicas relacionadas con el proceso de implementación de software libre.

Presentación Oral de Trabajos:

  • Todos los trabajos seleccionados para su presentación oral, serán notificados con la respectiva antelación, para que los autores puedan desarrollar la presentación del mismo (haciendo uso de medios audiovisuales, los participantes deben aclarar si se necesita equipamiento adicional).
  • El tiempo asignado para su presentación oral será indefectiblemente de 20 minutos más 5 minutos de preguntas y respuestas.
  • El orden de participación será publicado en el sitio web del evento.
  • Todas las presentaciones contarán con un moderador.

Fechas Importantes:

Fecha límite de presentación de trabajos:  Martes, 18 de Febrero. 23:59 (GMT - 4).
Publicación de trabajos aceptados: Viernes, 21 de Febrero de 2014 . 19:00 (GMT - 4).
Presentación de trabajos: Martes, 25 de Febrero de 2014. 19:00 (GMT - 4).

De los organizadores:

El evento es organizado por:





Retrasos en la Ley de Telecomunicaciones.

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Aplicación postergada
La Gaceta Jurídica / Mario Durán Chuquimia

En agosto de 2011 Bolivia inicio un gigantesco salto cualitativo en tecnología, ya que la Ley 164 de Telecomunicaciones y tic (tecnologías de la información y comunicación) dejó establecido que el acceso a internet es un derecho humano básico y que el Estado boliviano deberá promover y priorizar la utilización del software libre en instancias gubernamentales.
En el caso de internet se espera que para el 2015, mediante políticas públicas, inversiones privadas y estatales, el 95 por ciento de la población boliviana acceda a internet de buenas velocidades de conexión sin límite de consumo y a costos accesibles.
En relación al software libre, se espera que una instancia estatal con apoyo de las comunidades de software libre locales y empresas, diseñe los planes, plazos e inversiones para la migración hacia plataformas del software libre; la creación, el desarrollo e incluso la adaptación del software libre para utilidad pública en el estado plurinacional de Bolivia, así como el desarrollo de contenidos educativos para el Plan Nacional de dotación de laptops y otros.
En síntesis, la Ley 164 de Telecomunicaciones y tic, por lo menos en el espíritu de la palabra escrita, marca un horizonte promisorio para Bolivia en temas tecnológicos.
Sin embargo, el gobierno boliviano aún no aplica esta norma, además que no ha cumplido con la reglamentación pues la elaboración del reglamento específico de la ley 164 ya tiene retraso de 12 meses posteriores a su aprobación, pese a que la norma establecía plazo de 120 días para la preparación de esa parte de la norma.
Por otra parte, las autoridades del ramo, como el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, mediante el Viceministerio de Telecomunicaciones, mantiene hermetismo sobre las “nuevas versiones” de los proyectos de reglamentos de la Ley 164, lo que provoca la sospecha sobre algún tipo de arreglo del espíritu de la ley con trasnacionales del software privativo, cuya utilización está legislada por normas estadounidenses.
Otra forma de incumplimiento de esa norma por parte de instancias del gobierno boliviano es que en las licitaciones públicas de provisión de productos de software se mantiene un sesgo orientado a la utilización del software privativo, este hecho reproduce las formas de dependencia tecnológica cuestionables del periodo neoliberal.Además, la utilización de software privativo implica cuestionamientos sobre la soberanía y la seguridad nacional en áreas sensibles como la elaboración de proyecciones económicas, administración de empresas estratégicas y gestión de bases de datos personales y otros, considerando que la utilización de software privativo se encuentra bajo el arbitrio de leyes extranjeras y las consiguientes fallas de seguridad.
Al respecto, es necesario exigir el cumplimiento de la Ley 164 de Telecomunicaciones y tic; solicitar a las autoridades del sector que cumplan con sus tareas sin beneficiar a empresas trasnacionales; promover el desarrollo de campañas masivas de capacitación para el uso de software libre y navegadores independientes; la distribución gubernamental de laptops con software libre y la próxima adopción de la norma japonésa-brasileña de transmisión de televisión digital terrestre, que utiliza la plataforma de un software libre.
Es ciudadano boliviano, radica en El Alto. mrduranch(arroba)yahoo.es
Fuente: La Gaceta Jurídica. 28 de Septiembre de 2012.

Art 77. Software Libre, Bolivia

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Ley No. 164. Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación promulgada el 8 de Agosto de 2011.
Art 77. Software Libre Los órganos ejecutivo, legislativo, judicial y electoral, en todos sus niveles promoverán y priorizarán la utilización del software libre y estándares abiertos, en el marco de la soberanía y seguridad nacional. 
El órgano ejecutivo del nivel central del Estado elaborará el plan de implementación de software libre y estándares abiertos en coordinación con los demás órganos del Estado y entidades de la administración pública.
Documentación: