♠ Posted by Mario in legislación,software libre at 9:21
i) LEY
Art. 77 de la Ley de Telecomunicaciones y TICs (Ley No. 164) de 8 de Agosto de 2011:
Artículo 77°.- (Software libre)
- Los Órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral en todos sus niveles, promoverán y priorizarán la utilización del software libre y estándares abiertos, en el marco de la soberanía y seguridad nacional.
- El Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, elaborará el plan de implementación de software libre y estándares abiertos en coordinación con los demás órganos del Estado y entidades de la administración pública. (leer mas)
ii) DECRETO SUPREMO
Bolivia: Decreto Supremo Nº 1793 de 13 de noviembre de 2013.
iii) REGLAMENTO
Reglamento a la Ley Nº 164, de 8 de agosto de 2011, para el Desarrollo de Tecnologías de Información y Comunicación, 13 de noviembre de 2013.
iv) DECRETO SUPREMO Nº 1874, 23 de enero de 2014
Asigna responsabilidades y crea una instancia administrativa dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo para implementar el Gobierno Electrónico y la implementación de software libre.
0 comentarios:
Publicar un comentario